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Carta del Presidente del CGE sobre 煤ltimas informaciones en relaci贸n con la Ley de Reforma Concursal

Miercoles, 6 de Julio de 2022


Apreciados/as compañeros/as,


Se adjunta carta del Consejo General de Economistas:

 

Como sabéis, desde el Consejo General de Economistas estamos haciendo un permanente seguimiento de la reforma concursal. Así ha sido desde que tuvimos conocimiento de los primeros borradores de la norma, y hemos actuado en consecuencia mediante tres tipos de acciones. Por un lado, trasladando a los medios de comunicación, y por tanto a la opinión pública en general, nuestros posicionamientos a este respecto. Por otro, mediante el envío de alegaciones y propuestas de enmiendas a los diferentes grupos parlamentarios en las diferentes fases de la tramitación (se adjuntan nuestras propuestas de enmiendas al proyecto de ley). Por último, desde la presidencia se han coordinado y mantenido numerosas reuniones con portavoces y diputados de los diferentes grupos parlamentarios al objeto de hacer valer nuestras posturas (reuniones estas de las que os informaremos en la próxima reunión que mantengamos).


Muchas de las 38 propuestas de enmiendas que presentamos al Proyecto de Ley de Reforma Concursal tenían un componente técnico, pero algunas de ellas tenían un carácter claramente estratégico, unas enfocadas a la sociedad, y otras, a la defensa de todo nuestro colectivo.


Es el caso, por ejemplo, del papel de nuestros economistas, titulados mercantiles y auditores en esta nueva norma. Pues bien, según las últimas informaciones, de forma excepcional podrían quedar excluidos de la realización de la prueba de aptitud profesional para ser administrador concursal, los profesionales recogidos en el art. 27 de la antigua Ley concursal (economistas, titulados mercantiles, auditores y abogados) que acrediten una experiencia previa, que se determinará reglamentariamente. Esto, desde luego, no es un asunto baladí, ya que supondría tener una reserva de ley, que reforzaría nuestro prestigio y supondría un acicate más para la colegiación.


Otro asunto clave es el relativo a la nueva e importante figura del experto en reestructuración, que en el proyecto de ley quedaba totalmente indefinida. El texto podría haber sufrido modificaciones en el sentido de que ahora el nombramiento de dicho experto tendría que recaer en persona natural o jurídica con conocimientos jurídicos, financieros y empresariales, así como con experiencia en materia de restructuraciones, o que acredite cumplir los requisitos para ser administrador concursal. Ello nos permitiría acceder a esta nueva actividad por dos vías: como administradores concursales y como economistas expertos en la materia.


Otro tema que para el Consejo General de Economistas ha supuesto una línea roja ha sido el relativo al nuevo procedimiento para microempresas, que si bien nos parecía positivo en general, no estábamos en absoluto de acuerdo con su marco de aplicación, ya que afectaba a la inmensa mayoría de empresas de nuestro país, que hubieran podido acogerse a este procedimiento para el cual no es necesario estar asistido por un administrador concursal, quedando el deudor totalmente desprotegido. Pues bien, gracias a las enmiendas presentadas, los límites para acceder al procedimiento de microempresas se han reducido notablemente, tal como solicitamos (de un volumen de negocio anual inferior a 2 millones de euros o un pasivo inferior a 2 millones de euros que se proponía se ha pasado a un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros); tanto se ha reducido que ahora el número de empresas afectadas será muy inferior al inicialmente previsto, lo que constituye un cambio fundamental.


Por último y no menos importante, aunque en este caso de cara a los intereses de la sociedad en general, desde nuestro Consejo General siempre hemos defendido la necesidad de reducir los privilegios del crédito público, algo que impedía una verdadera segunda oportunidad. Pues bien, durante la tramitación de la norma, el crédito público ha pasado de quitas de 2.000 euros (1.000 con Hacienda y 1.000 con Seg. Soc.) a que, finalmente, sea posible que lleguen a 20.000 euros (10.000 con cada una).
Desde el Consejo General de Economistas valoramos de forma positiva, en líneas generales, el contenido de esta reforma, sobre todo por el impulso que da a los planes de reestructuración, con el consiguiente desarrollo de la fase preconcursal, para tratar de
evitar así el mayor número posible de liquidaciones, máxime en el contexto en el que ahora nos encontramos.


No obstante, como ya hemos señalado, durante la tramitación de la ley también hemos puesto de manifiesto importantes reticencias con respecto a algunas cuestiones.


Afortunadamente, parece que algunas de nuestras demandas entre las que se encuentran las que acabamos de comentar van a ser tomadas en consideración, si bien, hasta que no conozcamos el texto oficial definitivo que habrá de ser ratificado por el Senado, habremos de ser cautelosos y no lanzar las campanas al vuelo pese a que nuestra percepción sea bastante positiva.


Todo es mejorable y seguro que podríamos haberlo hecho mejor; además, hay que tener en cuenta que este tipo de negociaciones son difíciles y están sujetas a variables e intereses de múltiples agentes, pero os puedo asegurar que el trabajo que hemos desarrollado ha sido ímprobo de cara a defender a todo nuestro colectivo en su conjunto y ayudar a la sociedad a la que nos debemos. Esperemos que esta labor haya servido para que tengamos algunas recompensas.


Una vez conozcamos el texto definitivo, desde el REFOR se realizará un análisis completo que os haremos llegar oportunamente.


Esperando que esta información haya resultado de vuestro interés, recibid un afectuoso  saludo.